Novedades, Oportunidades para Empresas

Servicio de prevención y salud en el trabajo – Decreto 127/014 –

Decreto 127  del 19 de Mayo de 2014: La presente reglamentación establece las disposiciones mínimas obligatorias para la implementación de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo en cualquier actividad, sea cual fuera la naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio de la misma y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado.

En tal sentido las empresas deberán contar con un servicio de Prevención y Salud en el Trabajo, este podrá ser prestado por un Técnico Prevencionista o Tecnólogo en salud Ocupacional y un Médico Laboral.

  • Las empresa entre 5 y 50 trabajadores debe contratar un servicio con al menos una intervención semestral
  • Las empresa entre 50 y 300 trabajadores debe contratar un servicio con al menos una intervención Trimestral  
  • Las empresas con más de 300 trabajadores debe contratar un servicio permanente.

CONSECUENCIAS POR INCUMPLIMIENTO 

  • Multas y Sanciones 
  • Clausura de establecimientos 
  • Responsabilidades legales, penales y comerciales
  • Perdida del patrimonio de la empresa

Para dar cumplimiento con la normativa establecida, el Centro Comercial e Industrial de Rosario posee un Técnico Prevencionista sugerido, que además de realizar el trabajo profesional tendrá precios preferenciales para sus asociados.

Por más información comunicarse al 4552 23 23 ó 091 230 293

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